sábado, 23 de agosto de 2008

Las Abuelas de Plaza de Mayo encontraron a la nieta número 93

Las Abuelas de Plaza de Mayo lograron restituir la identidad de la hija de Olga Noemí Casado y Juan Oscar Cugura, ambos desaparecidos durante la última dictadura militar. La nieta número 93 en conocer su verdadero origen nació en cautiverio entre noviembre de 1977 y enero de 1978 y las denuncias sobre la pareja de apropiadores datan de 1985.
El juzgado Federal Número 1 de La Plata confirmó la restitución de la identidad a la hija de Olga Noemí Casado y Juan Oscar Cugura, ambos desaparecidos durante la última dictadura militar cuando ella estaba embarazada de siete meses. La chica es veterinaria y se llamaría Alejandra.
Olga Noemí Casado nació el 1º de abril de 1958 en Mar del Plata, militaba en Montoneros y sus compañeros la llamaban Julia. Fue secuestrada en noviembre y, por testimonios, pudo saberse que permaneció detenida en el centro clandestino de detención Puesto Vasco.
Juan Oscar Cugura nació el 4 de junio de 1946 en Rawson, también militaba en Montoneros, era conocido como Cefe, Negro Cefe o Ceferino y fue raptado entre octubre y noviembre de 1977.
El nacimiento de la beba fue informado inicialmente ante la Conadep por la familia Cugura, junto con la denuncia por la desaparición de su hijo y su compañera Julia, de quien desconocían el verdadero nombre, según informó Abuelas de Plaza de Mayo.
Recién en 2006 la Conadi recibió información que le permitió comenzar la investigación del caso y, a partir de un testimonio y tras una ardua investigación, en abril de 2007 se pudo confirmar que Olga Noemí Casado era efectivamente Julia.
A partir de allí se pudo solicitar a las familias Cugura y Casado que dejaran su información genética en el Banco Nacional de Datos Genéticos para así aguardar que la información de algunos de los cientos de jóvenes que se analizan para esclarecer su origen biológico, diera con su grupo familiar. Un año después hubo resultados positivos.
Las denuncias acerca de que una familia tenía anotada como propia a la joven que hoy se conoce es la hija de la pareja Cugura-Casado, existen en Abuelas de Plaza de Mayo desde 1985, y la última fue recibida en 2000. Pero la localización de la joven no fue fácil, ya que la familia apropiadora solía mudarse y ha vivido en distintas provincias. La denuncia avanzó hasta que el juez federal de La Plata Manuel Humberto Blanco ordenó un allanamiento para extraer las pruebas de ADN necesarias para establecer la filiación de la joven y esta semana se confirmó la identidad de la joven que hoy tiene 30 años.
Carmen Argibay planteó la necesidad de incorporar el delito de genocidio en el Código Penal

La jueza de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Carmen Argibay (foto) reclamó la incorporación al Código Penal de la figura del genocidio y consideró que legislar sobre esa figura penal es “una deuda pendiente” del Congreso Nacional, aunque reconoció que es “dificultosa de usar” en el contexto argentino. Además, manifestó su preocupación por las carencias que deben soportar los jueces, fiscales y querellantes en los juicios a imputados por delitos de lesa humanidad.
Los planteos sobre la figura de genocidio reaparecieron durante la lectura de los alegatos de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos de Neuquén y del Centro de Profesionales por los Derechos Humanos, querellantes contra represores de La Escuelita, y en el de Justicia Ya! en el juicio por crímenes de lesa humanidad en Mansión Seré y Mar del Plata. La APDH comparó la masacre argentina con los genocidios nazi y armenio y con la matanza de Ruanda. El Ceprodh destacó que el Tribunal Oral Federal de La Plata “reconoció la existencia jurídica del genocidio”, argumentó en base a escritos del sociólogo Daniel Feierstein que la dictadura “se propuso eliminar una fracción de la sociedad” y reiteró al describir los delitos de cada imputado que los cometieron “con la intención de eliminar total o parcialmente a un grupo nacional y en consecuencia forman parte del genocidio ocurrido en la Argentina”.
Argibay recordó que “el genocidio está incorporado a la Constitución Nacional porque la Argentina ratificó la Convención Internacional sobre Genocidio y se incluyó en la reforma de 1994”, aunque no está tipificado en el Código Penal. “Es una deuda que tiene el Congreso Nacional”, indicó la ministra de la Corte Suprema.
En ese sentido, recordó que en el Código Penal hay una figura que se le parece al genocidio, “que es el homicidio agravado por motivos de odio racial o religioso”, aunque “la mención del genocidio en nuestro contexto es dificultosa de usar desde el punto de vista de los documentos internacionales”, que lo definen como los actos perpetrados con la intención de destruir a un grupo nacional, étnico, racial o religioso.
Por último, Argibay destacó que los funcionarios de la Justicia que intervienen en causas por delitos de lesa humanidad “trabajan como pueden, con lo que tienen, atadito con alambre, como decimos los argentinos”.

viernes, 22 de agosto de 2008

Identificaron los restos de una modista tucumana asesinada en 1978

El Equipo Argentino de Antropología Forense identificó los restos de Norma Delia Sibantos (foto), una modista tucumana de treinta y ocho años que fue secuestrada por grupos de tareas durante la última dictadura militar y estaba enterrada desde hacía treinta años como NN en el cementerio de la localidad de Clodomira.
La mujer fue secuestrada el 19 de junio de 1978 y su cuerpo fue encontrado a fines de agosto en un camino vecinal que une las localidades de Clodomira con La Aurora, con dos disparos en la cabeza. Según el Legajo Número 5.553 de la Conadep, Sibantos no estuvo en centros clandestinos de detención y estaba embarazada al momento de su desaparición.
El Equipo Argentino de Antropología Forense confirmó su identidad luego de cotejar las huellas en el banco de datos de desaparecidos que fueron tomadas a la mujer previo a su entierro en el cementerio de Clodomira. Durante tres décadas, el cuerpo permaneció en una fosa común sin que nadie lo reclamara.
El caso fue abierto por el abogado Antenor Ferreyra, de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos, que realizó una denuncia en la Justicia Federal para procurar determinar si se trataba de una víctima de la represión ilegal, ya que pobladores aseguraban haber encontrado el cadáver de una joven de tez blanca y cabellera rubia al costado del camino vecinal, a fines de agosto de 1978.

jueves, 21 de agosto de 2008

Negaron la prisión domiciliaria al cura Von Wernich y seguirá preso en la cárcel de Marcos Paz

El Tribunal Oral Federal Número Uno de La Plata rechazó el pedido de la defensa del ex capellán de la Policía Bonaerense, Christian von Wernich (foto), que había solicitado por tratarse de una persona de setenta años. Los magistrados argumentaron “la gravedad de los delitos cometidos y los hechos empleados al valerse de su condición de sacerdote de la Iglesia Católica”, para no hacer lugar al planteo.
Los camaristas Carlos Rozanski, Norberto Lorenzo y Horacio Isaurralde desestimaron por completo el argumento de los abogados del ex capellán, quienes habían señalado que su cliente tenía derecho al beneficio del arresto domiciliario por haber cumplido setenta años.
En el fallo, Rozanski remarcó que países como Argentina “que han padecido el terrorismo de Estado, no pueden darse el lujo de finalizar investigaciones y juicio en los que recayeron condenas tolerando que dicho esfuerzo se diluya al transformar la sanción en una mera formalidad”, por lo que Von Wernich deberá seguir alojado en el penal de Marcos Paz, donde se encuentra desde que recibió la sentencia a reclusión perpetua por siete homicidios triplemente calificados, cuarenta y un casos de privaciones ilegales de la libertad y treinta y un tomentos agravados, ocurridos en los centros clandestinos de detención que funcionaron en la zona de La Plata y el sur del Gran Buenos Aires.
Rozanski recordó además que cuando la Corte Suprema de Justicia declaró la inconstitucionalidad de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final “ratificó la plena vigencia del derecho internacional de los derechos humanos que torna incompatible cualquier medida del Estado que transforme –manifiesta o encubiertamente– la sanción impuesta a un condenado por delitos de lesa humanidad, en una mera formalidad”.
Von Wernich nació el 27 de mayo de 1938 en San Isidro, aunque llegó a Concordia cuando tenía apenas dos años de vida. Fue el cuarto de diez hermanos –cuatro mujeres y seis varones–, hijos de uno de los primeros forestadores de la región y de una mujer de una fina familia de Buenos Aires.
Ahora y siempre: aniversario a treinta y dos años de la Masacre de Fátima

El 20 de agosto se cumplieron treinta y dos años de la Masacre de Fátima. Quisieron matar treinta ilusiones y no pudieron, porque los treinta compañeros asesinados continúan presentes.
Este es el primer año que no se organiza un acto conmemorativo y no es una casualidad, porque también fue el año del Juicio de Fátima. Como consecuencia de toda esa conmoción que implica revivir hechos y situaciones tan tremendas muchos familiares directos de las víctimas se encuentran hasta ahora fuertemente afectados.
No crean que claudicamos, que bajamos los brazos ni mucho menos, sólo necesitamos reponernos para lo que se viene. Continuar con el pedido de justicia, para que sean condenados todos los autores de este cruel crimen y ayudar ha identificar a los compañeros que aún no pudieron recobrar su identidad. Para todo ello vamos a necesitar de toda su colaboración y acompañamiento.
Gracias a todos los que se hicieron presentes en las audiencias del juicio, a quienes testimoniaron, a los que alentaron, a los que se indignaron al escuchar las sentencias, a los que nos abrazaron y contuvieron.
Gracias Compañeros.
30.000 detenidos-desaparecidos, presentes; ahora y siempre.
Familiares de las Víctimas de la Masacre de Fátima -
www.masacredefatima.com.ar

lunes, 11 de agosto de 2008

El Cuerpo Médico Forense del Poder Judicial determinó que Trimarco no puede declarar en la causa por robo de bebés

Una pericia plagada de irregularidades realizada por el Cuerpo Médico Forense del Poder Judicial de la Nación determinó que el represor Juan Carlos Ricardo Trimarco está imposibilitado de declarar como imputado en la causa por robo de bebés nacidos en el Hospital Militar de Paraná y esa situación podría extenderse a las otras investigaciones por los crímenes cometidos durante la dictadura en Entre Ríos. Sin embargo, el informe fue impugnado por la querella porque el perito de parte no fue notificado aunque su nombre fue incluido falsamente en el documento remitido a la Justicia Federal.
El informe del Cuerpo Médico Forense determinó que Trimarco no podrá ser investigado en la causa por el robo de bebés, que se inició en mayo de 2005, a partir de la denuncia presentada en el Juzgado Federal de Paraná por Sebastián Álvarez, hijo de Raquel Negro, con el patrocinio de los abogados Marina Barbagelata, Marcelo Baridón y Gamal Taleb. Negro estaba secuestrada en el centro clandestino de detención Quinta de Funes, en Rosario, y en los primeros meses de 1978 fue trasladada al Hospital Militar de Paraná, donde dio a luz a mellizos. A Trimarco se le imputan dos delitos: sustitución de identidad prevista en el artículo 139 inciso 2 del Código Penal, que establece una pena de uno a cuatro años de prisión; y sustracción de menores de edad del artículo 146, que establece una pena de tres a diez años.
El informe médico dice: “Al momento del examen, Juan Carlos Ricardo Trimarco se encuentra clínicamente compensado en su estado de salud física aparente”; del examen neurológico se desprende que presenta una patología “compatible con encefalopatía vascular y deterioro cerebral cognitivo de patrón mixto (córtico subcortical), en correlación con los cambios vasculares cerebrales observados en RMN”, que en términos coloquiales, significa que está disminuido en sus capacidades físicas y psíquicas tanto por su avanzada edad como por un problema circulatorio que hace que no tenga buena irrigación al cerebro; por lo que se concluye que “los hallazgos imposibilitan al demandado para declarar”.
Sin embargo, la abogada Marina Barbagelata ya presentó un escrito solicitando que se declare la nulidad del estudio médico porque el perito de parte no fue notificado, como sí lo fue el experto designado por la defensa de Trimarco. Más aun, la letrada advirtió que en el informe presentado al juez se consignó falsamente la presencia del perito en el examen efectuado el 23 de abril.
Las conclusiones del informe de los peritos del Cuerpo Médico Forense consignan que “los hallazgos imposibilitan al demandado (Trimarco) para declarar”. Un profesional paranaense –independiente del proceso judicial– explicó que del estudio se desprende que Trimarco se expresa en un tono de voz bajo, que tiene poco movimiento de la lengua y eso le genera dificultades para hablar –aunque el perito de la defensa admite que “su palabra es clara”–; además, le cuesta elaborar oraciones complejas y presenta una tendencia a repetir palabras y frases, pero remarcó que “se trata de patologías propias de la edad, cualquier persona de ochenta y tres años está disminuida en sus capacidades físicas y psíquicas, pero eso no le impide razonar”. Sin embargo, advirtió que “la falta de irrigación sanguínea al cerebro ocasiona problemas para hablar, en los movimientos y también para pensar correctamente, entonces una persona con esta patología no puede recordar algunas cosas”. Sin embargo, consideró que la negativa para realizar el estudio psicológico, “es otro elemento que revela que no se trata de una persona que está fuera de sus capacidades, porque en ese caso no podría comprender de qué se trata; y mucho menos ‘alienada’ –como planteó el perito de la defensa–, que en términos médicos es alguien que padece una afección que le produce incapacidad para actuar normalmente en la sociedad y eso lo convierte en extraño dentro de su grupo”.
Juan Carlos Trimarco nació en Buenos Aires el 27 de marzo de 1925. Ingresó en el Ejército en febrero de 1944 y egresó en diciembre de 1947. Llegó a Paraná en 1975 como segundo de Abel Teodoro Catuzzi en la Segunda Brigada de Caballería Blindada y además era jefe de Estado Mayor de la Brigada de Caballería. El mismo 24 de marzo de 1976 juró como interventor militar en la provincia y a partir de entonces fue amo y señor en todo el territorio entrerriano. A partir de diciembre de 1976 pasó a ser comandante de la Segunda Brigada de Caballería Blindada hasta enero de 1979; fue jefe del Segundo Cuerpo de Ejército con asiento en Rosario entre el 9 de diciembre de 1980 y el 2 de julio de 1982, como parte del premio por compartir tragos con Leopoldo Fortunato Galtieri, que por entonces decidió desplazar a militares que podían molestarle para su proyecto y ubicar a su alrededor a los hombres que conocía desde las noches rosarinas; y lideró el Primer Cuerpo de Ejército desde julio de 1982 hasta el final de la dictadura.
Fue el interventor militar en Entre Ríos en los primeros días de la dictadura y, aunque luego delegó la administración del gobierno, siempre detentó el poder desde el mando militar. A su llegada, Trimarco fue ubicando personal uniformado en diversas dependencias, pero también numerosos civiles con los que tenía afinidad. También tenía una estrecha relación con el arzobispo paranaense y vicario general castrense, Adolfo Servando Tortolo, que conocía todos los detalles del plan represivo que en la provincia ejecutaba Trimarco y hasta le había dado su bendición.
Pero también se dedicó a hacer negocios desde el poder, ya que allegados y parientes se beneficiaron con obras públicas que se realizaron en Entre Ríos y otras provincias del Segundo Cuerpo de Ejército y hasta realizó negocios inmobiliarios como consecuencia de la cosecha de bienes muebles e inmuebles de desaparecidos.

Fuente: semanario Análisis.

jueves, 7 de agosto de 2008

El militar absuelto en Corrientes había amenazado a María Luz Piérola en 2006

Cuatro represores fueron condenados por crímenes de lesa humanidad cometidos en el Regimiento de Infantería 9 de Corrientes durante la dictadura; pero el Tribunal Oral Federal absolvió al ex suboficial Carlos Piriz (foto), el mismo cuyo automóvil se determinó que estuvo apostado, en actitud claramente intimidatoria, frente a la casa de la dirigente de AFADER María Luz Piérola, en noviembre de 2006, aunque en la Justicia Federal nunca avanzó en esa investigación. El teniente coronel Julio Rafael Barreiro fue condenado a prisión perpetua; el ex capitán y ex titular de la Sociedad Rural Juan Carlos Demarchi y el teniente coronel Horacio Losito –que será juzgado el año próximo por la Masacre de Margarita Belén, en la que fue asesinado Fernando Piérola– recibieron la pena de veinticinco años; y el ex comandante de Gendarmería Raúl Alfredo Reynoso fue condenado a dieciocho años.
La pena mayor, prisión perpetua, recayó sobre el coronel Julio Rafael Manuel Barreiro porque el tribunal presidido por Víctor Alonso e integrado por Lucrecia Rojas de Bardaró y Guillermo Navarro lo consideró autor del delito de asociación ilícita, coautor de la privación ilegítima de la libertad seguida de muerte de Rómulo Artieda y de trece secuestros agravados por violencia, duración y aplicación de tormentos a perseguidos políticos cometidos en el Regimiento de Infantería 9.
Artieda fue asesinado y enterrado en una fosa común del cementerio de Empedrado. De allí lo exhumó el Equipo Argentino de Antropología Forense, meses antes del inicio del juicio.
Demarchi y el coronel Horacio Losito, agregado militar en Italia hasta 2003, fueron condenados a veinticinco años de prisión por asociación ilícita más once y diez secuestros y tormentos respectivamente. El gendarme Raúl Alfredo Reynoso, alias El Astiz correntino por infiltrarse en la familia de Artieda, fue condenado a dieciocho años de prisión como partícipe necesario en seis casos y coautor de un séptimo. Todos los militares deberán cumplir sus condenas en cárceles comunes, pero resta definir si será en Marcos Paz o en Resistencia.
El absuelto de culpa y cargo es el sargento retirado Carlos Roberto Píriz. Los motivos de la absolución, que las querellas van a recurrir ante la Cámara de Casación, se conocerán el 17 de septiembre cuando el tribunal dé a conocer sus fundamentos de su sentencia. En ese sentido, el abogado Mario Bosch afirmó que “la absolución demuestra que las sentencias no están escritas de antemano, que los juzgamientos no son políticos y que estamos transitando el camino de la justicia y la verdad. Píriz llegó a juicio porque había pruebas suficientes. Que un tribunal imparcial pueda valorar la prueba y resolver lo contrario forma parte de las reglas de un Estado de Derecho”.
Píriz es un sargento retirado del Ejército conocido con el apodo de El Boxeador. Un detenido recordó que “era muy robusto, con una caja torácica muy grande, bajo, de tez trigueña, pelo castaño oscuro”. Ex presos políticos lo acusaron de ser uno de los que golpeaba y torturaba prisioneros en el Regimiento de Infantería 9.
En 2006 María Luz Piérola denunció que fue amedrentada desde un vehículo que estuvo estacionado frente a su vivienda el jueves 9 de noviembre. Según declaró en sede judicial, cerca de las 23, la militante de derechos humanos y ex detenida política observó en la puerta de su casa un automóvil desde el cual algunos individuos reían amenazantes. Según pudo determinar el fiscal federal de Resistencia y titular de la Unidad de Coordinación y Seguimiento de las causas por violaciones a los derechos humanos, Jorge Auat, el automóvil figuraba en el Registro Automotor a nombre de Píriz, aunque nunca se pudo avanzar en una causa judicial en su contra.
Además, otro de los condenados, Horacio Losito, era un coronel retirado del Ejército que estuvo en actividad como agregado militar en la Embajada de Italia hasta su detención en 2003 y en los próximos meses volverá a ser juzgado por la Masacre de Margarita Belén, en Chaco, en la que fueron asesinados una veintena de presos políticos, entre ellos los entrerrianos Raúl Caire, Fernando Piérola –hermano de María Luz– y Reinaldo Zapata Soñez, por lo que en aquel momento se sospechaba que las amenazas podían tener relación con el avance de ambas causas judiciales.

lunes, 4 de agosto de 2008

Restringen las visitas de turistas a la Base Naval de Mar del Plata porque funcionó como centro clandestino de detención

El juez federal Rodolfo Pradas restringió parcialmente las visitas a la Base Naval de Mar del Plata porque funcionó como centro clandestino de detención durante la última dictadura militar. El planteo había sido efectuado por organismos de derechos humanos de la ciudad balnearia. Se sospecha que por ese lugar pasaron los entrerrianos Néstor Valentín Furrer y su esposa Lucía Julia Perriere, secuestrados el 4 de febrero de 1978 en Necochea.
Según informaron fuentes judiciales, varios turistas pretendían recorrer la Base Naval y ver los buques de guerra amarrados durante las vacaciones invernales, en el marco de un convenio entre el Área Naval Atlántica y el Ente Municipal de Turismo.
La medida cautelar de limitación de las visitas fue reclamada por organismos de derechos humanos de la ciudad balnearia, que participan como querellantes en los Juicios por la Verdad, y advirtieron que en el lugar funcionó un centro clandestino de detención entre 1976 y 1983 y que “dada la magnitud de los crímenes cometidos en las dependencias de la Base naval, no es posible que se la muestre como si allí nada hubiere ocurrido, mientras se sustancia un proceso por delitos de lesa humanidad cometidos en el marco de un genocidio”.
El dictamen fue firmado por el juez federal Rodolfo Pradas y dispone “restringir parcialmente el ingreso de turistas a algunas de las instalaciones de la Base Naval, como la escuela de submarinistas y el casino de oficiales”, al tiempo que se estableció también el impedimento para recorrer “algunos depósitos, por ser sectores investigados por la Justicia debido a que funcionaban como parte de un centro clandestino de detención”.
Según testimonios de ex presos políticos, por la Base Naval de Mar del Plata pasaron los entrerrianos Néstor Valentín Furrer y su esposa, Lucía Julia Perriere. Ambos fueron secuestrados en Necochea el 4 de febrero de 1978 junto a sus dos hijas, que luego aparecieron en un instituto de menores de la ciudad balnearia, donde fueron halladas por sus familiares. Furrer tenía entonces 27 años, mientras que Perriere tenía 21. Ambos fueron vistos también en el centro clandestino de detención La Cacha hasta el 29 de julio 1978.